La Constitución Nacional y la ley determinan que el voto es obligatorio, en caso de no poder haber asistido a sufragar se debe justificar. Por este motivo, la Defensoría del Pueblo informó que hasta el viernes 13 de octubre se podrá realizar, en sus oficinas, la justificación de no emisión del voto en las elecciones P.A.S.O.

El móvil de Radio Casilda diálogo con Georgina Caffi, titular de la Institución local, quien dijo que quienes deseen acreditar su inasistencia deben asistir a la oficina, situadas en la Galería Casilda, con su documento y la constancia que justifique dicha inasistencia.

De acuerdo con el Código Electoral Nacional, tienen justificada la inasistencia a votar:

A - Los jueces y sus auxiliares que debieron asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras duró el acto comicial.

B - Los que el día de la elección se encontraban a más de 500 kilómetros del lugar donde debían votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables.

C - Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impidiera asistir al acto.

D - El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento debieron realizar tareas que le impidieron asistir al comicio durante su desarrollo.

EL EQUIPO DE LA MAÑANA