¿Qué pasa si el DNI dice "No válido para votar"?
El Tribunal Electoral informó este domingo por la tarde que dio aviso a las autoridades de mesa, para que en caso de que se presente un elector o electora con el DNI tarjeta que contiene la leyenda “no valido para votar” se le permita ejercer su derecho al voto.
La autoridad provincial informó que estos documentos son válidos para todas las categorías. Lo mismo sucede con los electores y electoras que no presentan foto.
¿Quiénes pueden votar?
Todos los ciudadanos mayores de 18 años, que no estén inhabilitados por la normativa electoral vigente, salvo los casos comprendidos en las causales previstas en la Ley Electoral Provincial N° 4.990 y en Código Electoral Nacional y aquellos ciudadanos que comuniquen fehacientemente su voluntad de no participar ante el Tribunal Electoral (art. 16 de la Ley N° 12.367). También votan los cargos provinciales los extranjeros mayores de 18 años, de acuerdo a la Constitución Provincial. Deben contar con dos años de residencia continua y efectiva en un municipio o uno para el caso de una comuna.
Además, este año, los jóvenes de 16 y 17 años podrán sufragar en las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO). De esta forma, los jóvenes votarán por primera vez en el distrito en comicios provinciales, ya que hasta el momento solo podían hacerlo en elecciones de carácter nacional.
La razón por la que las personas de esa edad podían elegir presidente de la Nación pero no intendente de su ciudad o gobernador era que Santa Fe no había adherido a la ley nacional sancionado por el Congreso en 2012 y que tuvo su debut en las elecciones legislativas de 2013.