El jueves 25 de febrero, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social emitió un Boletín Oficial con el fin de hacer conocer la Resolución 92/2021 que establece la justificación de la inasistencia al lugar de trabajo cuando la persona deba aplicarse la vacuna contra el coronavirus.

Así, el documento expresa que "será justificada la inasistencia del trabajador o trabajadora durante la jornada laboral que coincida con el día de aplicación de la vacuna destinada a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19, sin que ello produzca la pérdida o disminución de sueldos, salarios o premios por este concepto." 

Y además, "La constancia de la aplicación de la vacuna, previa autorización del empleador, constituirá justificación suficiente, tanto para el vacunado como para los responsables de personas a su cargo". 

aviso_241245.pdf