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A fin de proteger la salud pública, se estableció para todas las personas que habiten en el país o se encuentren en él en forma temporaria, la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”. Hasta el momento esa determinación sigue estable pero con algunas flexibilizaciones que día a día se van dando a conocer.

En este caso, en el Boletín Oficial de la República Argentina, a través de una resolución, manifestaron: "Las y los progenitores o la persona adulta responsable, se encuentran autorizados para ingresar con sus hijos e hijas, o niños o niñas que se encuentren a su cargo, de hasta doce (12) años de edad, a los comercios de cercanía habilitados para funcionar, de conformidad con las excepciones previstas en el ordenamiento vigente, siempre que no puedan dejarlos en el hogar al cuidado de otro adulto responsable".

Dada la necesidad de que en ocasiones, sea un mismo adulto el que esté a cargo de uno o más menores, y que no se pueda contar con otra persona que pueda cuidar de ellos, se estableció esta Resolución 262/2020.

Tal como anunciaron, la presente medida se adopta a instancia de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia del Ministerios de Desarrollo Social de la Nación y para su elaboración se consultó al Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad.