A través de la Resolución 3934/2024 publicada este lunes 28 de octubre en el Boletín Oficial, ahora solo médicos en cartilla podrán prescribir medicamentos y tratamientos. Según los  argumentos del gobierno nacional, la medida aspira a “garantizar la sostenibilidad del sistema”.

“En los planes abiertos los beneficiarios pueden optar por recibir la cobertura médico-asistencial a través de los prestadores de cartilla o de prestadores externos; mientras que, en los planes cerrados los beneficiarios deben atenderse exclusivamente con los prestadores incluidos en la cartilla, quienes resultan ser los habilitados para prescribir una práctica médica o un medicamento”, explica la resolución publicada por el estamento nacional. 

La resolución agrega, además, que en los planes cerrados “la cobertura médico-asistencial de prácticas y medicamentos, será otorgada exclusivamente sobre la base de prescripciones realizadas por los médicos que integren la cartilla del Agente del Seguro de Salud correspondiente”. Esto será  es de carácter obligatorio para toda solicitud de cobertura, subsidio o reintegro de prácticas médicas y medicamentos, incluyendo aquellas que se presenten por vía administrativa o judicial.