En los últimos días se dio a conocer que varios locales comerciales cobran un plus adicional si el medio de pago es con Billetera Santa Fe: Esto no está permitido, está prohibido el recargo. 

Los comercios adheridos al programa, deben aplicar al pago con la billetera virtual el mismo precio que la modalidad de contado o en efectivo, estando prohibido todo recargo, mayor precio, precio diferenciado, precio por cantidad o más de una unidad, o no acumulación de promociones, bajo apercibimiento de exclusión del programa, y sin perjuicio de las sanciones que pudieren corresponder por la violación de otras normas.

Importante: 

* Promoción TODOS los días en alimentos, farmacias, bares/restaurantes y turismo;
* Los días LUNES, MARTES Y MIÉRCOLES en los demás rubros;
* En los rubros cuyo reintegro es del 30% el Gobierno de la Provincia de Santa Fe soportará 25,5% y el comercio se hará cargo del 4,5% restante. En los casos de 20%, el reintegró será con el aporte del 17% del Gobierno de la Provincia y el 3% por el comercio;
* El reintegro se acreditará a las 24 horas hábiles de realizada la compra en el “saldo virtual” de cada BILLETERA SANTA FE;
* El tope de reintegro es de $ 5.000.- por Billetera por mes;
* Promoción válida en los comercios adheridos al Programa BILLETERA SANTA FE

Para poder efectuar los reclamos:

a) 0800-555-6768 (opción 3), de lunes a viernes, de 7 a 13 hs.

b) Ventanilla Única Federal de Reclamos a través del enlace online: https://www.argentina.gob.ar/produccion/defensadelconsumidor/formulario.

c) Oficina Municipal de Informacion al Consumidor (OMIC) – [email protected].